viernes, 5 de julio de 2019

DECRETO SUPREMO N° 3818 - Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la emisión de Notas de Crédito Fiscal como aporte de capital del Estado, a favor de ENDE.

DECRETO SUPREMO N° 3818
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 20 de la Constitución Política del Estado, determina que toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones.
Que el Parágrafo I del Artículo 3 del  Decreto  Supremo Nº 29644, de 16 de julio de 2008, establece que la Empresa Nacional de Electricidad – ENDE, en representación del Estado Boliviano, tiene como objetivo principal y rol estratégico, la participación en toda la cadena productiva de la industria eléctrica, así como en actividades de importación y exportación de electricidad en forma sostenible, con criterios de promoción del desarrollo social y económico del País, basado en la equidad y la justicia social, primacía del interés nacional, eficiencia económica y administrativa, priorizando el uso de recursos naturales renovables y energías alternativas.
Que el Decreto Supremo Nº 29466, de 5 de marzo de 2008, aprueba el Programa Nacional de Eficiencia Energética, con la finalidad de establecer acciones, políticas y ejecutar proyectos que buscan optimizar el uso racional, eficiente y eficaz de la energía.
Que en el marco del proyecto integral de eficiencia energética establecido en el Convenio Integral de Cooperación suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la República de Cuba, se recibió lámparas fluorescentes compactas (focos ahorradores), mismas que fueron entregadas a la población en general, por lo que corresponde se emita el presente Decreto Supremo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la emisión de Notas de Crédito Fiscal como aporte de capital del Estado, a favor de la Empresa Nacional de Electricidad – ENDE.
ARTÍCULO 2.- (EMISIÓN DE NOTAS DE CRÉDITO FISCAL). Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación – TGN, a emitir Notas de Crédito Fiscal – NOCRE’s, como aporte de capital del Estado, por un monto de hasta Bs7.400.000.- (SIETE MILLONES CUATROCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), a favor de la ENDE, para el pago de tributos aduaneros, mantenimiento de valor y multas, por la importación de Lámparas Fluorescentes Compactas.

DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.- Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes a favor de la ENDE, para el cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas; y de Energías, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la Ciudad de La Paz, a los seis días del mes de marzo del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACIÓN E INTERINO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera.

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