martes, 26 de marzo de 2019

DECRETO SUPREMO N° 3701 - Autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo N° 4606/BL-BO “Programa de Fortalecimiento del Sector Eléctrico”

DECRETO SUPREMO N° 3701
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 8 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina como competencia exclusiva del nivel central del Estado, la política de generación, producción, control, transmisión y distribución de energía en el sistema interconectado.
Que el Parágrafo I del Artículo 378 del Texto Constitucional, establece que las diferentes formas de energía y sus fuentes constituyen un recurso estratégico, su acceso es un derecho fundamental y esencial para el desarrollo integral y social del país, y se regirá por los principios de eficiencia, continuidad, adaptabilidad y preservación del medio ambiente.
Que el Parágrafo I del Artículo 379 de la Constitución Política del Estado, señala que el Estado desarrollará y promoverá la investigación y el uso de nuevas formas de producción de energías alternativas, compatibles con la conservación del ambiente.
Que el objeto del préstamo para el “Programa de Fortalecimiento del Sector Eléctrico”, es apoyar la ejecución de un programa de reforma de políticas consistente en contribuir a la mejora de la sostenibilidad del sector eléctrico del país a través de una serie de reformas de políticas orientadas a fortalecer y complementar el marco normativo.
Que en este marco se ha gestionado ante el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, la suscripción del Contrato de Préstamo N° 4606/BL-BO “Programa de Fortalecimiento del Sector Eléctrico”, por un monto de hasta $us51.600.000.- (CINCUENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS MIL 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a cumplir lo establecido en el citado Contrato de Préstamo para apoyo presupuestario.
Que es necesario autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo N° 4606/BL-BO con el BID a objeto de materializar el financiamiento señalado en el párrafo precedente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto:
  1. Autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo N° 4606/BL-BO “Programa de Fortalecimiento del Sector Eléctrico”, con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID;
  2. Disponer la transferencia de los recursos externos a la Libreta de Recursos Ordinarios de la Cuenta Única del Tesoro – CUT.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN).
I.            Se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo, suscribir con el BID, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Contrato de Préstamo N° 4606/BL-BO “Programa de Fortalecimiento del Sector Eléctrico”, por un monto de hasta $us51.600.000.- (CINCUENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS MIL 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a cumplir lo establecido en el mencionado Contrato de Préstamo, para apoyo presupuestario.
II.          Suscrito el Contrato de Préstamo con el BID, éste deberá ser remitido a consideración y aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en cumplimiento al numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.
ARTÍCULO 3.- (TRANSFERENCIA DE RECURSOS EXTERNOS DE CRÉDITO).
I.            Cumplida la formalidad prevista en el Parágrafo II del Artículo 2 del presente Decreto Supremo, se otorga en calidad de transferencia los recursos del Contrato de Préstamo N° 4606/BL-BO, mismos que serán depositados en la Libreta de Recursos Ordinarios de la Cuenta Única del Tesoro – CUT, para apoyo presupuestario.
II.          El Ministerio de Energías, en calidad de Organismo Ejecutor, queda sujeto a lo establecido en el Decreto Supremo N° 3364, de 18 de octubre de 2017, en lo que corresponda.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo; de Economía y Finanzas Públicas; y de Energías, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA E INTERINO DE HIDROCARBUROS, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES E INTERINO DE DEFENSA.

martes, 12 de marzo de 2019

ENDE perfila cuatro países para exportar electricidad



Bolivia se prepara para exportar los excedentes de energía eléctrica a cuatro países de Sudamérica. A la Argentina prevé enviar los primeros 120 MW en septiembre de este año, mientras que con Brasil suscribirá el viernes un convenio de estudio, además avanzan las negociaciones con Perú y Paraguay.

En rueda de prensa, el presidente de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE) Corporación, Joaquín Rodríguez, informó ayer que el proyecto de exportación de energía que más desarrollo tiene hasta el momento es con Argentina.

A ese mercado se prevé enviar los primeros 120 megavatios en septiembre de este año, si se toma en cuenta que en el lado boliviano se concluyó el tendido de la línea de transmisión y aún se espera la licencia ambiental para realizar la misma instalación en el territorio argentino.

“En Tartagal (Argentina) nosotros ya contamos en nuestro almacén con los equipamientos, como los cables y estructuras. Estamos preparados para iniciar las obras, solo estamos esperando esta autorización del gobierno de Salta”, explicó Rodríguez.

Agregó que el último requisito para que ENDE obtenga dicho permiso es la realización de una audiencia pública el 12 de abril en la ciudad de Tartagal, donde se explicará a la población argentina en qué consiste el proyecto de exportación de energía al país vecino.

Firma de contrato para estudio de interconexión con Brasil

Las autoridades de Bolivia y Brasil firmarán el viernes, en la ciudad de Sao Paulo, el contrato para la realización de un estudio de interconexión eléctrica, informó el presidente de ENDE Corporación.


“Este estudio nos permitirá tener la figura completa sobre una futura exportación de electricidad de Bolivia a Brasil (…) básicamente consiste en establecer cuáles son las líneas de interconexión que deberíamos construir”, detalló el ejecutivo de la estatal de energía.

Señaló que dicho estudio será ejecutado en 15 meses por un consorcio de tres empresas (dos españolas y una argentina) y tendrá un costo de $us 704 mil. De ese monto, $us 400 mil son cooperación del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), $us 152 mil de Electrobras y $us 152 de ENDE.

Recordó que ambos países acordaron en 2018 estudiar el potencial hidroeléctrico en la cuenca del río Madera (que es más próxima a Brasil) y según los datos preliminares este podría generar 7.000 MW.

“La firma de este contrato y la del anterior demuestran que Brasil tiene mucho interés en todo lo que podamos desarrollar en Bolivia con miras al abastecimiento futuro de electricidad”, añadió el presidente de ENDE.

Perú y Paraguay

El presidente de ENDE Corporación manifestó que el estudio técnico de interconexión eléctrica con Perú comenzó el año pasado con el financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo. También indicó que se prevé firmar un contrato similar con el vecino Paraguay el siguiente año.

“En realidad se está avanzando con los cuatro países vecinos; hasta el momento tal vez el más avanzado es el mercado de la Argentina”, afirmó el presidente de la Empresa Nacional de Electricidad.

miércoles, 30 de enero de 2019

Ende exportará energía a región del norte argentino

El presidente de la Empresa Nacional de Electricidad (Ende), Joaquín Rodríguez, informó ayer que a partir del segundo semestre de este año se prevé exportar electricidad al mercado del norte de Argentina, luego de concluir el tendido de la línea de transmisión entre ambos países.

“Nosotros estamos apuntando al primer semestre, terminar la obra hasta junio y entrar en el invierno con energía desde nuestra planta Yaguacua para la Argentina”, dijo a los periodistas.

Señaló que se prevé exportar 120 megavatios de electricidad a Argentina, que es la capacidad de la línea de transmisión, que se extiende 110 kilómetros desde Yaguacua en Bolivia, hasta Tartagal en el vecino país.

LICENCIA AMBIENTAL

Recordó que la construcción de esa línea de transmisión ya concluyó en el lado boliviano y se espera que Argentina emita la licencia ambiental para comenzar las obras en ese territorio.

Por otro lado, reveló que se trabaja con Argentina en la ejecución de una segunda fase para exportar hasta 5.000 voltios de electricidad a ese país.

Ende invertirá este año alrededor de 7.000 millones de bolivianos en la cadena del sector, como generación, transmisión y distribución, precisó Rodríguez.

“El servicio de electricidad no para, crece constantemente, hay nuevos clientes, nuevos emprendimientos; por lo tanto, hay que ir desarrollando el sistema eléctrico para ir atendiendo”, agregó. (ABI)

martes, 29 de enero de 2019

ENDE garantiza que obra de hidroeléctrica Ivirizu se entregará en 2021



La Empresa Nacional de Electricidad (ENDE) garantizó que el proyecto de la hidroeléctrica Ivirizu, que inyectará 290 megavatios al Sistema Interconectado Nacional (SIN), concluirá el 2021.

“Tenemos ya un avance significativo de los cinco contratos, prácticamente todos están suscritos; en algunos casos, como en las obras en la red vial del proyecto hay un avance de más del 90 por ciento y hasta 2021 estará concluido”, explicó el presidente Ejecutivo de dicha corporación, Joaquín Rodríguez en una entrevista realizada con Red Patria Nueva.

Asimismo informó que ya comenzaron las obras de perforación de los túneles que contemplan y también se realizan trabajos de desmonte en algunas zonas que serán parte de la construcción de la presa.

El proyecto Hidroeléctrico Ivirizu se construye en el Parque Nacional Carrasco del departamento de Cochabamba en una superficie de 250 hectáreas con una inversión de $us 549 millones.

Llegan los primeros paneles para megaplanta solar de Oruro



La Empresa Nacional de Electricidad (ENDE) recibió hoy los primeros paneles fotovoltaicos y sus estructuras para la mega Planta Solar Oruro que se construye en la comunidad Ancotanga.

ENDE señala que también llegaron al Puerto de Arica (Chile) 314 contenedores de material para concluir la primera fase del proyecto que constará de 151.520 módulos fotovoltaicos y una capacidad de 330 vatios (W) por cada panel. Éstos permiten la transformación de la luz solar en energía eléctrica.

El costo de inversión de esta planta solar en su primera fase es de $us 39.5 millones. Tendrá una potencia de 50 megavatios (MW). Sin embargo, con la implementación de la segunda etapa su capacidad alcanzará a 100 MW.

Se prevé que el inicio de operaciones inicie a finales de abril o principios de mayo de este año.

Hidroeléctrica Ivirizu genera 1.046 empleos



La construcción del proyecto hidroeléctrico Ivirizu, situado en el departamento de Cochabamba, generó 1.046 fuentes de empleo formal hasta lo que va del año, informó el Ministerio de Energía.

Según un comunicado, ENDE Valle Hermoso SA realiza permanentemente el seguimiento al cumplimiento de la norma laboral por parte de la empresa contratista, por lo que el personal boliviano asciende al 80%, tal como señala la Ley General del Trabajo.

El gerente a cargo del proyecto estatal, Jesús Muñoz, informó el jueves que la construcción de la planta tiene un avance físico del 11% y está diseñada para generar 290 megavatios (MW), que responderán a la creciente demanda de electricidad y al cambio de la matriz, que se aplica no sólo en el país, sino en el mundo.

En septiembre de 2017 se firmó el primero de los seis contratos para la construcción en sus componentes presa, túneles y vías, y en octubre del año pasado se dio inicio a las obras, según los datos oficiales.

El proyecto consta de dos centrales hidroeléctricas. La central Sehuencas captará aguas del río Ivirizu, en una presa de 90 metros de altura desde el lecho del río, y la central Juntas recibirá las aguas turbinadas en Sehuencas e incorporará una cuenca intermedia.

El Gobierno apuesta por este tipo de proyectos para cambiar la matriz energética nacional y generar excedentes para exportar. Uno de los países interesados es Argentina.

martes, 22 de enero de 2019

LEY N° 1087 - Se otorga a ENDE, la autorización del uso y aprovechamiento de aguas de la Cuenca Hidrográfica del Río Ivirizu

LEY N° 1087
LEY DE 16 DE AGOSTO DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I.            En el marco del Parágrafo I del Artículo 349 y los Artículos 373 y 378 de la Constitución Política del Estado, y de acuerdo al Artículo Transitorio de la Ley Nº 2066 de 11 de abril de 2000, se otorga a la EMPRESA ENDE VALLE HERMOSO S.A., con Matrícula de Comercio de FUNDEMPRESA N° 14173, como filial de la Empresa Nacional de Electricidad – ENDE, la autorización del uso y aprovechamiento de aguas de la Cuenca Hidrográfica del Río Ivirizu, que se encuentra localizada en las Provincias Carrasco, Tiraque y Arani, y en el Parque Nacional Carrasco del Departamento de Cochabamba, para la generación de energía eléctrica del Proyecto Hidroeléctrico Ivirizu.
II.          El área de aprovechamiento de aguas, tiene una superficie de 550,20 kilómetros cuadrados (km²) y está delimitada por las coordenadas que se detallan en el Anexo adjunto que forma parte de la presente Ley. La autorización no se contrapone ni establece excepciones al cumplimiento de la normativa ambiental vigente, a fin de garantizar el uso sostenible de los recursos hídricos y asegurar el mismo para generaciones futuras, sin afectar los objetivos de creación del área protegida.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Juan Lino Cárdenas Ortega, Efraín Chambi Copa, Erwin Rivero Ziegler, Alicia Canqui Condori, Margarita del C. Fernández Claure.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Rafael Alarcón Orihuela, Carlos Rene Ortuño Yañez.
ANEXO LEY N° 1087
Nro. Este Norte
1 259611,248 8071235,23
2 259611,248 8071923,53
3 259369,067 8072458,88
4 259789,696 8073108,94
5 260261,311 8073261,9
6 261357,496 8073261,9
7 262154,143 8072484,37
8 262759,594 8071337,2
9 262632,13 8070483,2
10 262657,623 8069265,92
11 263027,267 8068125,12
12 263779,301 8067092,67
13 265576,535 8065295,44
14 266086,389 8064517,91
15 266965,887 8063612,92
16 268151,296 8063026,59
17 268801,36 8061764,7
18 269719,096 8061191,11
19 270458,384 8061191,11
20 271121,194 8060897,95
21 271847,735 8060668,51
22 271847,735 8060031,2
23 271758,511 8059610,57
24 272013,438 8059495,85
25 272759,099 8059215,43
26 272268,365 8058584,49
27 271834,989 8057845,2
28 272013,438 8057341,72
29 271631,048 8057074,05
30 270968,238 8057227
31 270286,309 8057303,48
32 269706,35 8057112,28
33 269221,989 8057086,79
34 268750,374 8057418,2
35 268176,789 8057188,76
36 267730,667 8056576,94
37 267437,501 8055595,47
38 266953,14 8054945,41
39 266334,943 8054830,69
40 265372,594 8054715,97
41 264633,306 8055225,83
42 264225,423 8055518,99
43 263078,252 8054486,54
44 262351,711 8053428,59
45 261701,648 8053007,96
46 259432,799 8054129,64
47 257367,891 8055901,38
48 256258,96 8057048,55
49 255647,135 8057966,29
50 254971,579 8057545,66
51 253722,438 8057035,81
52 252970,404 8056067,08
53 252689,984 8055187,59
54 252090,906 8054766,96
55 251096,691 8055149,35
56 249975,013 8055633,71
57 249133,755 8056271,03
58 248343,482 8057227
59 247718,911 8057736,86
60 247298,282 8057698,62
61 246801,174 8057953,54
62 246546,247 8057214,26
63 246342,306 8056589,68
64 245921,677 8055735,68
65 245118,657 8055174,84
66 244366,623 8054626,75
67 243436,14 8054626,75
68 241791,862 8055238,57
69 240644,691 8055824,9
70 238579,784 8057239,75
71 237037,477 8058170,23
72 235826,574 8059342,89
73 235246,616 8059687,05
74 234513,701 8059075,22
75 233672,442 8058527,13
76 233130,723 8057915,3
77 232474,286 8057762,35
78 231798,73 8058017,27
79 230587,828 8057660,38
80 228981,789 8058131,99
81 227809,125 8058629,1
82 226789,418 8059342,89
83 226050,13 8060088,56
84 225909,92 8060744,99
85 226241,325 8061484,28
86 226483,506 8062121,6
87 226776,672 8062797,15
88 226203,086 8063192,29
89 225897,174 8063676,65
90 224877,467 8063867,85
91 224316,628 8064173,76
92 223532,728 8063740,38
93 222812,559 8063714,89
94 222226,228 8064454,18
95 221856,584 8065015,02
96 222315,452 8065397,41
97 222277,213 8065907,26
98 222468,408 8066366,13
99 221971,301 8066882,36
100 221639,896 8067602,52
101 221576,164 8067921,18
102 221920,315 8068163,36
103 222289,959 8068928,14
104 221639,896 8069527,22
105 221767,359 8070228,27
106 222200,735 8070049,82
107 222391,93 8070107,18
108 222353,691 8070738,12
109 222532,14 8071018,54
110 222532,14 8071451,92
111 222723,335 8071808,82
112 222927,276 8072229,45
113 223182,203 8072790,28
114 223590,086 8073287,39





DECRETO SUPREMO Nº 690 - SUSCRIPCIÓN OBLIGAT